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Real Decreto que crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono

28 - Mar - 2025 | Audema

Controlar y calcular la huella de carbono se está volviendo un requisito cada vez más importante para las organizaciones, ya que, con el tiempo se está haciendo más hincapié en la responsabilidad empresarial en términos de reducción y reporte de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Es por este motivo que la normativa y los requisitos están en continuo avance, siendo cada vez más restrictivos.

Como última actualización, con fecha de 18 de marzo de 2025 el Gobierno aprueba el Real Decreto que crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. 

Este Real Decreto da continuidad al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del MITECO que lleva en funcionamiento desde el año 2014 (Real Decreto 163/2014). Esta normativa se publica con la finalidad de ampliar alcance a nuevas tipologías de proyectos de adsorción y a la huella de carbono de eventos, introducir aclaraciones de funcionamiento y requisitos de participación adicionales que completen los ya existentes, introducir mejoras en la tramitación y también para reforzar la coordinación con los registros equivalentes autonómicos.

Además, mediante este real decreto se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono, del establecimiento de un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de su publicación para un conjunto de empresas, así como para todas las instituciones de la Administración general del Estado.

De manera que, la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración de un plan de reducción, quedaría de la siguiente manera:

EMPRESAS AFECTADAS POR LA LEY 11/2018

Las empresas afectadas por la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad, que traspone la Directiva Europea 2014/95 o sus posteriores modificaciones calcularán de manera anual la huella de carbono de su organización siguiendo los requisitos establecidos en este real decreto, siempre y cuando esto sea compatible con el cumplimiento de dicha Ley.

¿Qué empresas se verán afectadas?

  • Empresas con un número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio por el conjunto de sociedades que integran el grupo sea superior a 500.
  • Empresas que tienen la consideración de entidades de interés público o bien que, durante dos ejercicios consecutivos, reúna al menos, dos de los siguientes criterios:
    • Total de las partidas del activo consolidado superior a 20 millones de euros.
    • Importe neto de la cifra anual de negocios superior a 40 millones de euros.
    • Empresa con más de 250 empleados.

ADMINISTRACIÓN

De manera anual, calcularán la huella de carbono de su organización, los departamentos ministeriales de la Administración General del Estadosus organismos autónomos, las entidades gestoras de la Seguridad Social.

¿Estás en este grupo de empresa o perteneces a la administración? No te preocupes. En Audema contamos con un equipo listo para apoyarte en este proceso. Contacta con nosotros y te ayudaremos a realizar todos los trámites necesarios.